La Policía Local tiene previsto poner en marcha en breve una campaña de control, por lo que se recomienda a los conductores de ciclomotores llevar todos los papeles en regla

La concejalía de Seguridad y Tráfico del Ayuntamiento de Guadix, representada por José Antonio González Alcalá, y la Jefatura de la Policía Local accitana informan a la ciudadanía de la obligatoriedad de los ciclomotores de pasar la ITV. Según se informa en la Orden del 23 de noviembre de 2006 de la consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, el Real Decreto 711/2006 de 19 de junio es el que establece la obligatoriedad de la inspección técnica periódica de ciclomotores de dos ruedas con una frecuencia de inspección de dos años a partir del tercer año de matriculación, fecha de la primera inspección periódica. La Policía Local tiene previsto poner en marcha en breve una campaña de control de este aspecto, por lo que se recomienda a los conductores de ciclomotores que pasen la correspondiente ITV y que lleven todos los papeles en regla.

Tal y como se establece en el citado Real Decreto, los ciclomotores estarán exentos de pasar la ITV en sus tres primeros años de matriculación. Una vez pasado esos tres años, las inspecciones deberán de realizarse con una periodicidad bienal. Se establece también que los ciclomotores matriculados con anterioridad al año 2002 serán inspeccionados en el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2007 y el 31 de julio de 2008 según su número de terminación en los siguientes meses:

* Los números de matrícula terminados en 0 y 1, tenían que pasar la revisión en los meses de octubre y noviembre de 2007.
* Los números de matrícula terminados en 2 y 3, tenían que hacerlo en diciembre de 2007 y enero de 2008.
* Los números de matrícula terminados en 4 y 5, en los meses de febrero y marzo de 2008.
* Los números de matrícula terminados en 6 y 7, en los meses de abril y mayo de 2008.
* Los números de matrícula terminados en 8 y 9, en los meses de junio y julio de 2008.

 

En el caso de los ciclomotores matriculados entre el 1 de enero de 2002 y el 31 de julio de 2005, deberán de ser inspeccionados por primera vez en el periodo comprendido entre el 1 de agosto de 2008 y el 31 de mayo de 2009, también según su número de terminación de matrícula y en l os siguientes meses:

* Los números de matrícula terminados en 0 y 1, en los meses de agosto y septiembre de 2008.
* Los números de matrícula terminados en 2 y 3, en los meses de octubre y noviembre de 2008.
* Los números de matrícula terminados en 4 y 5, en los meses de diciembre de 2008 y enero del año 2009.
* Los números de matrícula terminados en 6 y 7, en los meses de febrero y marzo de 2009.
* Los números de matrícula terminados en 8 y 9, en los meses de abril y mayo de 2009.

 

En el caso de los ciclomotores matriculados entre el 1 de agosto de 2005 y el 31 de mayo de 2006, el periodo de revisión estará comprendido entre el 1 de junio y el 30 de septiembre de 2009. Y en el caso de los ciclomotores matriculados con posterioridad a la fecha del 31 de mayo de 2006, la primera inspección deberá de realizarse en la fecha inmediatamente posterior a la de cumplimiento de tres años de su matriculación. Las inspecciones periódicas sucesivas a las primeras se realizarán a partir de octubre de 2009 en el periodo programado de inspecciones que coincida con la fecha de caducidad otorgada en la inspección anterior. Las inspecciones pueden realizarse en las estaciones fijas de la red de la ITV, entre ellas la de Guadix ubicada junto al área de servicio Los Abades de la A-92.